IV Edición: Recursos energéticos & mineros

Una ley de alianzas público privadas atraerá capital foráneo a República Dominicana

El proyecto de Ley de Alianzas Público Privadas que discute el Congreso Nacional servirá como un marco importante para impulsar las relaciones entre inversionistas y las diferentes instancias del Estado. Sin embargo, República Dominicana ya tiene experiencias sin que haya un marco jurídico específico, asegura Antonio Ciriaco Cruz, vicedecano de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).

Según datos del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), el Proyecto Centro PYME, Decada (Proyecto de Desarrollo de Capacidades para la Eficiente Planificación y Gestión de Desarrollo) de Dajabón, el Programa Prorural, el Observatorio Nacional de Logística y Transporte, el Proyecto de Fortalecimiento del Sistema de Alerta Temprana para Control de la Roya del Café, el Programa de Inserción Laboral de Jóvenes y el Programa Invertir en la Educación, son algunas de las experiencias de alianzas público privadas en el país.

Ciriaco Cruz cita el Fideicomiso RD-Vial, Ciudad Juan Bosch y Centros Pyme como iniciativas de alianzas en las que el Estado, al carecer de los recursos suficientes para alcanzar determinado objetivo en materia de infraestructura, acude al sector privado. “Pero el país carece de un marco regulatorio que permita expandir este tipo de alianza a todo el territorio nacional”, afirma el economista.

En ese sentido, el viceministro de Cooperación Internacional del MEPyD, Inocencio García, entiende que cuando el proyecto de ley sea aprobado, definirá los roles, le dará un nivel institucionalidad al país y, además, va a incrementar la inversión público-privada.

“Cuando tengamos esa ley, vamos a atraer mejores inversiones extranjeras y facilitará la incorporación de los socios del desarrollo; es decir, la cooperación internacional a las tareas de desarrollo en el país”. Afirma que una ley hará posible un desarrollo territorial más equilibrado, ya que va a estimular al país a adoptar una cultura económica, presupuestaria y de planificación para el desarrollo.

El vicepresidente ejecutivo del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), César Dargam Espaillat, indica que aunque la expresión alianzas público privadas se está utilizando para cualquier combinación entre un actor público y uno privado, bajo el término que lo plantea el proyecto de ley, “aún no tenemos alianzas en el país”. Recuerda que por el momento existen diferentes tipos de combinaciones entre el Estado y los inversionistas.

“Hemos visto concesiones de carreteras, de presas, de puentes, fideicomisos con otras modalidades y estructuras como la Ciudad Juan Bosch y el desarrollo de otros proyectos habitacionales, al igual que la gestión de los aeropuertos como el de Las Américas, el de Santiago o el de Punta Cana, que tienen modalidades de gestión bajo esquema de concesión”, dice.

Asegura que la futura ley establecerá que el Estado presente sus prioridades y, sobre la base, se hará una contratación a largo plazo que sea provista por el actor privado o viceversa.

“Tenemos los permisos que otorga el Estado a un particular, pero no hemos tenido hasta ahora una vinculación que permita compartir los riesgos, que permita una inversión parcial o total por parte del actor privado, que permita un aporte intangible o tangible del Estado a los fines de gestionar un bien o servicio de interés social”.

Dargam Espaillat afirma que, debido a que no hay una legislación específica que regule las APPs, el país se apoya en leyes sectoriales particulares. Entiende que el proyecto que discute el Congreso generará un sistema que viabilizará la presentación y ejecución de los proyectos.

Señala que el proyecto de ley establece las responsabilidades del actor privado y el público y define los procedimientos que tienen que llevar a cabo para poder acogerse las alianzas.

“Si es una iniciativa pública, el Estado va a tener que determinar cuáles son sus prioridades y los proyectos en los que quiere asociarse con el sector privado. Si es una iniciativa del sector privado, este va a tener que justificar el porqué el Estado va a tener que concederle el espacio de contratación para poder avanzar”.

Efectos económicos

El economista Ciriaco Cruz asegura que las APPs tienen un efecto directo en la economía, ya que aumentan el nivel de inversión y provocan una sinergia entre todos los sectores y dan más participación al sector privado y a la sociedad civil.

La carretera Santo Domingo-Samaná es una obra concesionada por el Estado dominicano.

“Estas alianzas tienen un impacto en el empleo, además hace posible que objetivos tan importantes como la reducción de la pobreza, se puedan alcanzar. Producen una mayor capacidad de concertación con los actores involucrados, lo cual permite lograr una mejor estrategia de desarrollo económico”.

Mientras, Dargam Espaillat destaca que en el corto plazo las alianzas permiten reducir el endeudamiento, ya que con una inversión de parte del actor privado y un contrato en el largo plazo, se ejecutan las obras posiblemente sin que haya necesidad de un desembolso inicial por parte del Estado.

“Es fundamental qué tan claras estén las condiciones que se establecen en los contratos que sirven de base para las APPs y qué tan transparentes son los procesos para la selección de quien va a ejecutar o realizar ese proyecto o esa obra, al igual qué tan amigable es el ecosistema que permite la obtención ágil de los permisos que se requieran para la obra en función”, afirma.

Asegura que al emprender una obra, el Estado firma un contrato para que el actor privado pueda hacerla en un largo período, sin la necesidad de hacer un desembolso. “Evidentemente, eso tiene que tener un retorno para quien la desarrolla, por lo que todas las partes pueden verse beneficiadas, siempre y cuando los contratos tengan claras las condiciones”.

El vicedecano de Economía de la UASD, el viceministro de Cooperación Internacional del MEPyD y el vicepresidente ejecutivo del Conep definen como un reto para República Dominicana que las APPs se basen más allá de infraestructura. Entienden que el país debe aspirar a que haya inversiones en proyectos de desarrollo e innovación, salud y educación.

Ciriaco Cruz asegura que las alianzas público privadas se suscriben más allá de los actores empresariales y se deben llevar a cabo con todos los sectores de la sociedad. Recuerda que no solo se limitan a infraestructura, sino que pueden ser bienes o servicios.

“La visión es mucho más amplia a partir de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), que hablan de alianzas con organizaciones no gubernamentales, ONG, universidades, la sociedad civil, las cuales van más allá de objetivos de construcción de infraestructura, como se ha venido ejecutando en el país”, apunta.

Califica la concentración de las inversiones y de las actividades en un solo lugar, como un reto que el país debe superar, ya que entiende que cuando se observa el flujo migratorio, se destaca la concentración que hay en las zonas territoriales donde están todos los ministerios y las grandes empresas.

“Las poblaciones del interior se están quedando vacías, lo cual es un sinónimo de la falta de participación que tienen las comunidades, entonces las alianzas público privadas tienen esto como reto, pero esto se puede superar dándole mayor participación a las regiones y democratizando las infraestructuras y las inversiones en los territorios alejados”.

Afirma que en la medida en que se dé más participación a la sociedad, se produce un mecanismo de incentivos para descentralizar las actividades públicas y las inversiones y que eso va a permitir que las APPs se hagan no solo sobre la base de las poblaciones más atractivas, sino también las rurales y las más apartadas.

En ese sentido, Dargam Espaillat afirma que al momento de ejecutar un proyecto bajo la modalidad de APPs, se requiere la obtención de determinados permisos, por lo que el país tiene el reto de reducir la burocracia y evitar los solapamientos de algunas instituciones.

“Ojalá pudiéramos llegar a un punto de una ventanilla única, que al momento de presentar un proyecto se agote un proceso y no sea un exceso de burocracia que haga perder tiempo, ya que si se hace de forma muy burocrática al final no va a generar el interés del Estado ni del sector privado”, dijo.

En tanto, García plantea como un desafío para las APPs, la creación de un sistema de formación técnico profesional, que permita la inserción laboral. “Este sería el primer sector en el que una alianza público privada sería virtuosa. Además, Medio Ambiente es otro sector que necesita inversión a través de esas alianzas en todo lo que tiene que ver con conservación y expansión de la cobertura boscosa, el ecosistema marino”.

Participación a la sociedad civil

Antonio Ciriaco Cruz recomienda establecer alianzas público privadas más allá de las relaciones que pueda tener el Gobierno con inversionistas, sino que tienen que ser ampliadas para dar mayor participación a las organizaciones de base, de la sociedad civil y a las universidades.

“Esto va a permitir que nos centremos más allá de las infraestructuras, en alcanzar objetivos que busquen una mayor cohesión social, una mejor calidad de vida y que la sociedad sea más participativa”, añade. Explica que eso hará posible que los recursos se canalicen y sean mucho más diversos, ya que afirma que esas alianzas establecen un contrato social que busca una mayor participación de todos los actores de la sociedad.

Mientras, Inocencio García especifica que para que se produzca un desarrollo, tienen que participar todos los sectores involucrados, incluyendo el Gobierno central, los ayuntamientos, las organizaciones de la sociedad civil, el sector privado, cooperativas y los socios del desarrollo que son los de cooperación internacional.

Disposiciones del Proyecto de Ley

Artículo 6. Tipos de alianzas público-privadas: a) De iniciativa pública: Las que se originan en agentes públicos y pueden ser con o sin transferencias de recursos del Estado. b) De iniciativa privada: Las que se originan en agentes privados que proponen al Estado dominicano la creación de una alianza público-privada.

Artículo 7. Instrumento de constitución de las alianzas público-privadas. Toda alianza público-privada será formada mediante la suscripción de un contrato de alianza público-privada entre el agente público y el agente privado adjudicatario del proyecto, en el cual se hagan constar los derechos y obligaciones de cada una de las partes.

Artículo 8. Transferencia de recursos del Estado en las alianzas público-privadas. En los casos en que la constitución de una alianza público-privada conlleve, de forma firme o contingente, la enajenación de bienes del Estado, la afectación de rentas nacionales, la realización de operaciones de crédito público o cuando implique exenciones de impuestos, el contrato correspondiente deberá ser aprobado por el Congreso Nacional, según lo estipulado en la Constitución y las leyes.

Artículo 9. Usufructo de bienes del Estado en las alianzas público-privadas. No se considera enajenación de bienes del Estado los casos en que para la concertación o ejecución de alianza público-privada se otorgue el usufructo de los bienes del Estado sin que se produzca la transferencia de los derechos de propiedad de los mismos.

Artículo 10. Previsión presupuestaria. El titular de la autoridad contratante deberá informar al Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Presupuesto, el monto a incluirse cada año en la partida presupuestaria correspondiente a los compromisos derivados, directa e indirectamente, de los contratos de alianza público-privada.

Fuente

El Dinero