IV Edición: Recursos energéticos & mineros

Tribunal de Estados Unidos ratifica fallo contra reclamantes de indemnización de US$41.5 millones por paralización proyecto turístico

La República Dominicana obtuvo una decisión favorable ante la Acción en Nulidad de Laudo presentada por los señores Michael y Lisa Ballantine ante la Corte Federal de Distrito del Distrito de Columbia, después de la desestimación por un Tribunal Arbitral de su reclamo de una indemnización de 41.5 millones de dólares por la paralización de un proyecto turístico inmobiliario que violaba las leyes ambientales del país.

La información la ofreció la Dirección de Administración de Acuerdos y Tratados Internacionales (DICOEX) del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), que explicó que la Corte Federal de Distrito del Distrito de Columbia denegó la petición de los Ballantine de anular el Laudo y cerró el procedimiento. El juez estuvo de acuerdo con el argumento principal de la República Dominicana, de que la notificación de los Ballantine fue entregada al Estado dominicano demasiado tarde (es decir, luego de transcurrido el plazo de los tres meses) y, por lo tanto, no conoció los méritos de la petición de los Ballantine.

La demanda de nulidad fue sometida a raíz del Laudo definitivo que emitiera el 3 de septiembre del 2019 el Tribunal Arbitral que conoció sobre el reclamo de los señores Ballantine, en el marco del Capítulo 10 sobre Inversión del Tratado de Libre Comercio República Dominicana-Centroamérica- Estados Unidos (DR-CAFTA). Mediante dicho laudo, el Tribunal había desestimado la demanda arbitral por ausencia de jurisdicción, evitando que el Estado dominicano pagara a los demandantes la suma de US$41.5 millones por alegados daños directos y morales.

Posteriormente, los Ballantine iniciaron una acción para revocar el Laudo. En particular, solicitaron ante la Corte de Distrito del Distrito de Columbia que el Laudo fuera anulado ya que, entre otras cosas, supuestamente la mayoría del Tribunal había ignorado la ley que el mismo Tribunal Arbitral había referido que era relevante para el caso y que supuestamente uno o ambos árbitros (miembros de la mayoría), no eran imparciales, según detalla una nota de la Dirección de Comunicaciones del MICM.

La Dirección de Comercio Exterior (DICOEX), como Autoridad Nacional Coordinadora estuvo a cargo de liderar el proceso de defensa del Estado junto al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.

El Equipo Interinstitucional estuvo conformado por Yahaira Sosa, Marcelo A. Salazar, Leidylin Contreras, Raquel de la Rosa y Mary Estefany Díaz, por parte del MICM; Patricia Abreu, Rosa Otero, Johanna Montero y  Claudia Adames por parte de Medio Ambiente y Flavio Darío Espinal, Nathalie Hernández y Sara Patnella por la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.

Los abogados que actuaron en representación del Estado para este caso fue la firma internacional Arnold & Porter liderada por los abogados Raúl Herrera, Reeves Anderson, Mallory Silberman, Rachel Ryan y Claudia Taveras.

Fuente

Dirección de Comunicaciones MICM